En este apartado encontrará nuestro Boletín de Seguridad Alimentaria más reciente, para ver boletines anteriores vaya al final de esta página.
UNIÓN EUROPEA
La EFSA ha publicado el dictamen sobre la seguridad de la LNNT producida por cepas derivadas de E.Coli BL21 como nuevo alimento (NF)
El LNnT (lacto-n-neotetraosa) es uno de los oligosacáridos más abundantes dentro de la fracción compleja de los oligosacáridos de la leche humana (HMO), que se obtiene por fermentación microbiana. Se propone que este nuevo alimento se utilice en alimentos para lactantes y niños pequeños, en alimentos para fines médicos especiales, sustitutos totales de la dieta para el control del peso, edulcorantes de mesa, suplementos alimenticios, bebidas y en otros (por ejemplo, productos lácteos, productos de panadería, etc.).
El Grupo llegó a la conclusión de que la LNnT como NF, es segura cuando se produce por fermentación con dos cepas genéticamente modificadas de E. coli BL21.
Safety of LNnT produced by E.coli BL21
Modificación de los requisitos para la solicitud de comercialización de un nuevo alimento
Nuevos requisitos administrativos y científicos que deben cumplir las solicitudes para nuevos alimentos (aplicable a partir del 27 de marzo de 2021):
Modificación reglamento relativo a los nuevos alimentos
Nuevos alimentos, nuevas autorizaciones
Se acaban de aprobar los siguientes productos como NF:
EFSA: retirada de determinadas sustancias aromatizantes
Se retirarán del mercado las siguientes sustancias aromatizantes:
Los alimentos a los que se haya añadido alguna de estas sustancias aromatizantes y que hayan sido legalmente comercializados con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento (3 de diciembre de 2020) podrán seguir comercializándose hasta su fecha de duración mínima o de caducidad.
Novedades sobre Cáñamo y Cannabinoides en alimentación
Una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la UE ha indicado que un Estado miembro no podrá prohibir la comercialización del cannabidiol legalmente producido en otro Estado miembro si se extrae de la planta de Cannabis sativa en su totalidad y no solo de sus fibras y semillas, y declara que el Derecho de la Unión, y en concreto las disposiciones relativas a la libre circulación de mercancías, se opone a una normativa nacional que lo prohíba.
Lo que implica que un producto legalmente fabricado y comercializado en un país, puede serlo en cualquier otro.
Dictamen EFSA para evaluar la edición genómica en plantas
La EFSA ha publicado un Dictamen científico que evalúa la idoneidad de los documentos de orientación actuales para evaluar la edición genómica en plantas, y los expertos han concluido que actualmente en la UE, los organismos cuyo genoma se haya modificado deben someterse a una evaluación de la seguridad previa a su autorización, con arreglo a las disposiciones establecidas en la legislación en materia de OMG (organismos modificados genéticamente).
Guía EFSA para el marcado de fechas
Esta Guía pretende ser una herramienta para ayudar a los responsables de empresas alimentarias a decidir cuándo aplicar la fecha de caducidad o de consumo preferente a sus productos:
La guía se ha realizado porque la CE calcula que hasta el 10 % de los 88 millones de toneladas de residuos alimentarios generados anualmente en la UE están vinculados a la indicación de la fecha en los productos alimenticios. La herramienta está estructurada como un árbol de decisión con una serie de preguntas a las que deben responder los explotadores de empresas alimentarias para ayudarles a decidir si es necesaria una fecha de «caducidad» o de «consumo preferente».
Etiquetado de bienestar animal, un paso adelante
La CE anunció que estudiaría opciones para el etiquetado de bienestar animal en la UE, y el Consejo de Agricultura y pesca está analizando las propuestas de la Comisión en el marco del F2F, y propone:
Iniciativa de la CE Empoderar a los consumidores para la transición verde
La Comisión Europea (DG JUST) lanzó esta iniciativa que se sometió a consulta pública, y acaba de publicar el informe donde recoge las principales conclusiones:
Consumer policy – strengthening the role of consumers in the green transition
INTERNACIONAL
Informe OCDE, Health at a Glance 2020
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y la Comisión Europea han lanzado la última edición del “Health at a Glance 2020”, informe que presenta anualmente los datos comparables más recientes sobre indicadores clave del estado de salud de la población y el desempeño de los sistemas de salud en los países de la OCDE.
El propio informe se centra en el impacto de la pandemia Covid19 en los sistemas de salud y subraya la necesidad de priorizar la prevención de enfermedades no comunicables.
Sobre esta cuestión, y en un nivel más general, también se mencionan algunas de las políticas que pueden ayudar a promover un mayor consumo de frutas y verduras, incluyendo, por ejemplo, la educación y la promoción de la salud en las escuelas, el aumento del contenido de frutas y verduras en los menús escolares, las campañas en los medios de comunicación dirigidas tanto a los jóvenes como a los padres, y las regulaciones sobre la publicidad de alimentos no saludables dirigidos a los niños.
ESPAÑA
Informe anual 2019: Plan nacional de control oficial de la cadena alimentaria (PNCOCA) 2016-2020
La AESAN ha publicado el PNCOCA, un plan quinquenal y elaborado entre los Ministerios de Sanidad, Consumo y MAPA. En él se incluyen los resultados de los controles a nivel estatal, autonómico y local. En resumen:
Algunas cifras:
Presencia de contaminantes emergentes en cereales
El Instituto Nacional de Investigaciones Agrarias (INIA) ha publicado en la revista Frontiers in Chemistry los resultados del análisis de 11 contaminantes emergentes en granos de cereales.
El estudio ha incluido productos farmacéuticos, de higiene personal, tensoactivos, plastificantes y aditivos industriales que no necesitan ser persistentes para ingresar en la cadena alimentaria a través de la absorción de las plantas.
Los resultados mostraron que el bisfenol A y la mezcla de isómeros de nonilfenol estaban presentes en todas las muestras de cereales evaluadas y, en menor porcentaje, otros cinco compuestos. Los autores concluyen que sería importante avanzar en el conocimiento de cómo el efecto del uso de enmiendas orgánicas o agua reciclada influye en los niveles de estos contaminantes.
Avances en el conocimiento sobre la presencia de contaminantes emergentes en cereales
Impuesto sobre el azúcar y edulcorantes en España. Informe PWC
Ante la propuesta del gobierno español de gravar las bebidas azucaradas y edulcoradas, la consultora PWC ha elaborado un informe concluyendo que:
En España, este impuesto tendría impactos negativos cuantificables:
UNIÓN EUROPEA
Parlamento Europeo: sí a la hamburguesa vegetal
El Pleno del parlamento europeo ha aprobado su posición sobre la nueva reforma de la PAC a partir de 2022 y han acordado que ni las hamburguesas, ni las salchichas, escalopes o filetes, tendrán que buscar otro nombre. Por el contrario en el sector lácteo, las denominaciones siguen siendo exclusivas del producto de origen animal.
La decisión no es firme aún, porque requiere ser debatida con los Estados y la Comisión, se espera una decisión final a mediados de 2021.
Tribunal de cuentas UE: informe sobre los residuos de envases plásticos
El informe destaca la existencia de objetivos vinculantes para el reciclado de envases de plástico, pero no para los residuos plásticos de los sectores agrícola y de la construcción u otros como la automoción y los equipos eléctricos y electrónicos, que están cubiertos por otra legislación menos estricta, aunque generen el 22 % de los residuos plásticos.
También pone de manifiesto las diferencias entre los Estados Miembros en las tasas de reciclado, y su notificación de los datos, afirmando que los sistemas de responsabilidad de los productores no siempre fomentan la reciclabilidad.
Concluye que a menos que se tomen medidas decisivas y concertadas, será difícil que la UE alcance sus objetivos al 2030, y asegura que el Covid-19 ha provocado un aumento de los plásticos de un solo uso, lo que ha hecho que sea aún más importante mejorar la capacidad de reciclaje en Europa.
Azúcares de pulpa de cacao como nuevo alimento
El Reglamento 2020/1634 autoriza la comercialización de azúcares de pulpa de cacao (Theobroma cacao L.) como nuevo alimento.
La Comisión considera que no es necesario que la EFSA lleve a cabo una evaluación previa de la seguridad ya que los azúcares obtenidos a partir del jugo concentrado de pulpa de Theobroma cacao L. mediante secado o purificación son idénticos a los azúcares naturalmente presentes en la pulpa de cacao y consisten principalmente en glucosa y fructosa, que tienen un largo historial de uso seguro en los alimentos.
Aranceles a productos agroalimentarios de Estados Unidos
La OMC autorizó formalmente a la UE a incrementar los aranceles de las exportaciones estadounidenses como contramedida a las subvenciones de Estados Unidos al fabricante de aviones Boeing. Estas medidas incluyen aranceles adicionales del 25 % a una serie de productos agroalimentarios estadounidenses: pescado, queso, batatas, nueces, chocolate y cacao en polvo, frutas, melaza de caña, aceites, jugo de naranja, sopas y caldos, en particular bebidas espirituosas, y se aplican desde el 10.11.20.
Aranceles a productos agroalimentarios de Estados Unidos
Alerta RASFF: presencia de óxido de Etileno en semillas de sésamo, publicado el reglamento que aumenta los controles oficiales
La EFSA alerta sobre la presencia de óxido de etileno en semillas de sésamo procedentes de la India, que ha desencadenado retiradas y recuperaciones de productos como pan y bagels.
Como consecuencia, se ha publicado el Reglamento 2020/1540 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1793 en lo relativo a las semillas de sésamo originarias de la India. Esta contaminación constituye un grave riesgo para la salud y además el uso de óxido de etileno como sustancia activa en productos fitosanitarios en la UE no está aprobado. Por lo tanto, a fin de proteger la salud humana en la UE es necesario establecer condiciones especiales en relación con los residuos de plaguicidas para semillas de sésamo procedentes de India.
Controles oficiales: reglamento de listas de terceros países autorizados para la introducción en el UE de productos lácteos e insectos
El Reglamento solo permite la introducción en la Unión de partidas de leche cruda, calostro, productos lácteos y productos a base de calostro destinadas al consumo humano que procedan de terceros países o regiones de terceros países desde los que se autoriza la importación en la Unión.
En cuanto a los insectos, sólo permite la introducción de los destinados al consumo humano si dichos alimentos son originarios y proceden de terceros países que figuran en el mismo Reglamento. Tailandia será incluida pues proporcionó pruebas y garantías suficientes a la Comisión Europea para ser incluida en la lista de terceros países desde los que se autoriza la introducción en la Unión de partidas de insectos.
El MAPA ha abierto a consulta pública el nuevo marco regulatorio para tener en cuenta la evolución de las normas internacionales (Codex Alimentarius).
Los objetivos de la futura regulación se centran en la simplificación de los productos y formas de presentación, la adaptación de los defectos y sus tolerancias al desarrollo tecnológico de los procesos de elaboración, y a la actualización de la información alimentaria facilitada al consumidor.
En el Reglamento se recogen y especifican:
Este RD se encuentra incluido en el Plan Anual Normativo de 2020.
Proyecto RD por el que se establece la norma de calidad de las consevas vegetales
El Consejo de Ministros ha aprobado el RD por el que se regulan los productos zoosanitarios de reactivos de diagnóstico de uso veterinario, los sistemas de control de parámetros fisiológicos en animales y los productos destinados al mantenimiento del material reproductivo animal.
Además, el RD detalla los procedimientos y modelos de solicitud o declaración responsable e incluye definiciones con respecto al registro y las actividades comprendidas en él:
RD Actualización de la regulación de los productos zoosanitarios
Entre los planes anunciados están:
La CE ha adoptado la Estrategia de sostenibilidad de la UE para las sustancias químicas como primer paso hacia la consecución del objetivo de contaminación cero en un entorno sin sustancias tóxicas.
Impulsará la innovación para el desarrollo de sustancias químicas seguras y sostenibles, y reforzará la protección de la salud humana y el medio ambiente frente a las sustancias químicas peligrosas, lo que implica prohibir el uso de las más nocivas en productos de consumo como materiales en contacto con alimentos, entre otros.
Uno de los motivos es que los estudios de biovigilancia humana de la UE apuntan a la presencia de un creciente número de distintas sustancias químicas peligrosas —ciertos plaguicidas, biocidas, productos farmacéuticos, metales pesados, plastificantes y materiales pirorretardantes— en la sangre y los tejidos corporales del ser humano.
Pacto Verde: Nueva estrategia de la Unión Europea para las sustancias químicas
La EFSA ha establecido un nuevo umbral de seguridad para las principales sustancias perfluoroalquiladas, que se acumulan en el organismo. El umbral establecido es una ingesta semanal tolerable de 4,4 nanogramos por kilogramo de peso corporal aplicable a la suma de los cuatro PFAS (PFOA, PFNA, PFHxS y PFOS).
La AESAN ha informado que se iniciará sin demora el trabajo por parte de los gestores del riesgo (CE y EM de la UE, entre los que se encuentra la AESAN) sobre la instauración de medidas de gestión para disminuir la exposición a las PFAS, y que podría concluir con el establecimiento de LM que se establecerían en el Reglamento 1881/2006.
Finalmente se ha aprobado el Reglamento (UE) 2020/1322 sobre LM 3MCPD y otros. Destacar que:
A partir del 31 de enero de 2020, el Reino Unido abandonará la UE, y por lo que respecta a los productos del CDB, las autoridades del RU declararon que no seguirían las determinaciones de la UE y seguirían considerando los extractos de las flores de cáñamo como alimento.
Desafíos para mantener los productos CBD en el mercado del RU:
El Comité de Toxicidad de Productos Químicos en Alimentos de la FSA, sobre la base de un documento de alcance sobre los posibles efectos adversos de los productos CBD presentados en julio de 2019, concluyó que, en lo que respecta a la seguridad para la salud humana, había una "falta de información toxicológica especialmente en las áreas de reproducción e inmunología" y que la "información es de calidad limitada y no está claro en qué medida es aplicable a los productos CBD actualmente en el mercado".
La presentación de estos estudios detallados es un desafío para las empresas alimentarias que ya tienen productos CBD en el mercado del RU y que están obligados a presentar solicitudes de validación antes de la fecha límite del 31 de marzo de 2021.
La Secretaría de Estado para la Agenda 2030 del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, ha lanzado un proceso de consulta para que el sector empresarial pueda contribuir a la próxima Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030, incluyendo una encuesta.
Esta Estrategia será el marco para la acción durante los próximos 10 años para implementar los ODS en España. Identificará las prioridades y orientará las políticas y actuaciones necesarias en España para emprender las transformaciones que el desarrollo sostenible demanda y abordar la reconstrucción del país tras la crisis causada por la COVID-19.
Consulta Empresarial Agenda 2030
La CE solicitó a la EFSA que identificara aquellas sustancias que requieren un LME para garantizar que la autorización proteja suficientemente la salud, agrupándolas en prioridad alta, media y baja para que sirvan de base para futuras reevaluaciones de sustancias individuales.
La EFSA concluyo que:
Reglamento sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos
La EFSA ha publicado un Dictamen científico relativo a la evaluación de los riesgos para la salud humana y animal relacionados con la presencia de glicoalcaloides en alimentos y piensos, concretamente en patatas y productos derivados. Del dictamen se destaca que:
Risk assessment of glycoalkaloids in feed and food
Tras la solicitud estos datos referentes al Aspartamo, el Panel de EFSA recomendó el lanzamiento de una convocatoria pública de datos de concentración (uso y niveles de uso) para el aspartamo (E 951) que pudiera complementar los ya recibidos para la Sal de aspartamo y acesulfamo (E 962) en respuesta a la solicitud anterior emitida en 2018.
El plazo para responder a la convocatoria finaliza el 1/10/2020.
En la Estrategia F2F la Comisión anunciaba la aprobación de un Código de Buenas Practicas a nivel UE, entendiendo que “la industria y el retail deben abrir el camino para incrementar la disponibilidad de opciones saludables y sostenibles para reducir la huella medioambiental del sistema alimentario”.
Aunque es una iniciativa que ha de salir de los sectores, Timmermans, encargado directamente del desarrollo del Código, ha dejado claro que debe estar listo para su presentación en el UN Food System Summit de 2021 y la Tokyo Nutrition Summit, eventos globales previstos para el tercer trimestre de 2021.
La Comisión espera abordar en el Código los siguientes asuntos:
En breve empezarán los trabajos de la Comisión, y varias Organizaciones a nivel UE ya están elaborando sus primeras contribuciones.
El ministerio de Agricultura y Alimentación de Francia ha lanzado un concurso público abierto a agentes sociales para un acceso a la información medioambiental fiable y legible. Los modelos se testarán durante varios meses para analizar los efectos sobre la elección del consumidor y su capacidad para orientarle hacia un consumo más respetuoso con el medioambiente.
El concurso se dirige a empresas agrarias y alimentarias, retail, restauración colectiva, asociaciones, equipos de investigación y empresas tecnológicas.
Se espera que las contribuciones permitan sacar a la luz indicadores agregados (por producto, por plato…), formatos de presentación (logos, colores), formas de aplicación, comprensión por parte del consumidor…, y se desarrollarán en paralelo a un comité de seguimiento con representantes gubernamentales (Agricultura, Economía y Finanzas, Agricultura, Transición Ecológica).
Francia toma de esta forma la delantera a nivel UE en la materia.
La Comisión presentará un Road Map que encaja dentro del Green Deal para la reducción de las emisiones de metano, como primer paso para desarrollar una Estrategia al respecto antes de finales de octubre.
Se centra en tres sectores: agricultura, gestión de residuos y energía (en este último es donde los trabajos están más avanzados). El metano es el segundo GEI después del CO2, y el origen de sus emisiones está en estos tres sectores.
La agricultura contribuye con más de la mitad de las emisiones de metano, originada por la fermentación entérica, la gestión del abono y el cultivo del arroz. No se pueden reducir a cero, pero lo importante es contar con instrumentos para su seguimiento, verificación e información sobre las medidas de reducción que los EM habrán de poner en marcha.
De momento el objetivo se centra en identificar las principales áreas de acción para reducir las emisiones de metano en estos sectores, en línea con la revisión en curso de los Planes 2030 de Objetivos Clima UE. Pretende proponer medidas para la reducción, captura y gestión de residuos para uso potencial como fuente de energía, reducir las fugas, potenciar las nuevas tecnologías…
En el caso de la agricultura se habla de tecnologías de mitigación (dietas, gestión animal, gestión de abonos: aplicación como fertilizante y generación de biogás) que ya existen, pero que habrá que implantar y desarrollar de manera generalizada.
El Comité Codex sobre Sistemas de Inspección y Certificación Importación / Exportación (CCFICS) lleva desde 2016 barajando la oportunidad de incluir en sus trabajos el control del fraude alimentario, y compartiendo información sobre los diferentes sistemas nacionales en la materia.
En la última reunión (en mayo) se discutieron temas del mayor interés, como:
El acuerdo propicia lanzar los trabajos para una Recomendación.
Esta opinión coincide con lo ya expresado por EFSA y otras autoridades alimentarias nacionales como la AESAN, indicando que es muy improbable que la ingesta de SARS-CoV-2 de lugar a la enfermedad. A día de hoy, no hay ninguna evidencia documentada que afirme que los alimentos sean una fuente o una vía de transmisión del SARS-CoV-2.
También establece que teniendo en cuenta que, hasta la fecha, no hay casos probados o asociaciones científicas entre el consumo de alimentos y la COVID-19, es muy poco probable que el SARS-CoV-2 constituya un riesgo para la seguridad alimentaria. Hay relativamente pocos informes acerca de la presencia del virus SARS-CoV-2 en productos alimenticios, sus ingredientes o materiales de embalaje.
ICMFS opinion on SARS-CoV-2 and its relatioships to food safety
La Fundación Triptolemos (www.triptolemos.org) ha publicado un informe sobre el etiquetado frontal de alimentos, tomando como base el sistema Nutri-Score en su última versión.
En el informe hacen consideraciones generales del sistema alimentario y del FOP, y consideraciones específicas de Nutri-Score, entre las cuales:
La AESAN realiza estudios analíticos de vigilancia sobre alimentos comercializados en el territorio español al objeto de obtener datos sólidos de potenciales riesgos para la salud. En muchos casos, se trata de riesgos emergentes, poco conocidos y siempre enfocados a la realidad del mercado nacional.
Ahora, todos los informes están disponibles en la Web, pudiendo servir de referencia para todos los interesados en cuestiones de Seguridad Alimentaria y Nutrición.
Estudios prospectivos seguridad alientaria
La EFSA ha publicado una Opinión Científica sobre la evaluación de los riesgos para la salud humana y animal relacionados con la presencia de glicoalcaloides en alimentos y piensos, concretamente en patatas y productos derivados.
Basándose en los últimos conocimientos disponibles, la EFSA obtuvo un LOAEL (nivel de efecto adverso más bajo observado) de 1 miligramo/ kilogramo de peso corporal/ día, como punto de referencia para establecer el riesgo después de una exposición aguda. Esto equivale a la dosis más baja a la que se observan efectos no deseados.
La EFSA lanzó una Consulta sobre su borrador de dictamen científico para la seguridad de las semillas de chía sujetas a procesamiento térmico en relación con la formación de contaminantes de proceso como un nuevo alimento para usos prolongados. El documento analiza la seguridad de las semillas de chía para usos prolongados cuando se someten a tratamiento térmico a temperaturas superiores a 120 ° C.
Se ha publicado la información sobre la operación OPSON 2020 – Europol / Interpol, Comisión Europea, OLAF, EUIPO y EM (entre diciembre 2019 y junio 2020), con los siguientes resultados:
Por otro lado, INTERPOL ha analizado los efectos del fraude alimentario global durante el COVID19, y se deduce que:
OVER €100 MILLION WORTH OF FAKE FOOD AND DRINKS SEIZED IN LATEST EUROPOL-INTERPOL OPERATION
Food fraud in times of Covid-19
El informe ha sido elaborado conjuntamente por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), el Programa Mundial de Alimentos (PMA) y la Organización Mundial de la Salud (OMS).
El informe de este año se ha titulado “Transformación de los sistemas alimentarios a fin de proporcionar dietas saludables y asequibles para todos” y complementa la evaluación habitual del estado de la seguridad alimentaria y la nutrición en el mundo con proyecciones de cómo sería el mundo en 2030 si continúan las tendencias de los 10 últimos años.
Los datos recogidos en el informe confirman el aumento paulatino del hambre desde 2014 (690 millones de personas en 2019). Mientras se estancan los progresos en la lucha contra el hambre, la pandemia de COVID-19 intensifica las causas de vulnerabilidad y las deficiencias de los sistemas alimentarios mundiales y se estima que, como mínimo, otros 83 millones de personas, y quizá hasta 132 millones, pueden empezar a padecer hambre en 2020 como resultado de la recesión económica desencadenada por la COVID-19.
El gobierno británico ha lanzado un nuevo paquete de medidas y la campaña 'Better Health' para ayudar a las personas a perder peso, pues según el Servicio Nacional de Salud la obesidad es un grave problema: casi dos tercios (63 %) de los adultos en Inglaterra tienen sobrepeso o viven con obesidad, y uno de cada tres niños sale de la escuela primaria con sobrepeso u obesidad.
La prevalencia de obesidad es más alta entre los grupos más desfavorecidos de la sociedad y los niños de familias de clase media-baja y baja tienen el doble de probabilidad de ser obesos que sus compañeros que viven en las zonas ricas, lo que provoca desigualdad de salud en la infancia.
El Departamento de Salud afirma que cerca del 8 % de los pacientes críticos con COVID-19 en UCI han sido obesos mórbidos, en comparación con el 2,9 % de la población general, justificando así el vínculo con un mayor riesgo de COVID-19. También afirman que las enfermedades relacionadas con la obesidad le cuestan al NHS 6 mil millones de libras al año.
Se trata de una iniciativa novedosa porque es la primera que liga obesidad con la enfermedad COVID-19, y también porque incluye al alcohol en los planes contra la obesidad junto a la revisión del etiquetado frontal, información nutricional en Horeca y limitaciones a la publicidad.
Tackling obesity: empowering adults and children to live healthier lives
Se resume a continuación las principales incidencias graves registradas en el último mes en la RASFF de la UE:
ESPAÑA
PROYECTO DE REAL DECRETO RELATIVO A LA UTILIZACIÓN VOLUNTARIA DE «NUTRI-SCORE» EN LOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS
El Ministerio de Consumo ha abierto la consulta pública del proyecto de Real Decreto relativo a la utilización voluntaria del logotipo nutricional 'Nutri-Score' en los productos alimenticios.
Diseñado como logotipo frontal, dividido en 5 colores asociados a 5 letras, realiza una clasificación en categorías mediante el cálculo de una puntuación global relativa al contenido de nutrientes en 100g de producto. El Ministerio cataloga a los alimentos como:
Llama la atención la premura del gobierno por imponer este modelo, cuando la UE tiene previsto lanzar un modelo común para el 2022. Está previsto que el Real Decreto se adopte antes de fin de año.
LA SUPERFICIE ECOLÓGICA CRECE EL 4,8 % EN 2019 Y SE SITÚA EN 2,35 MILLONES DE HECTÁREAS
La superficie dedicada a la producción ecológica en España se situó en 2.355.000 hectáreas en 2019, el 4,8 % más frente al año anterior, según el avance de datos provisionales del MAPA. En relación al total de Superficie Agraria Útil (SAU) de España (ESYRCE 2019), la extensión eco ya supone el 9,3 %.
Según los datos, la mitad de los casi 2,4 millones de hectáreas se destina a pastos permanentes (+5,6 %), una cuarta parte a cultivos de tierras arables (+1,5 %) y la otra cuarta parte a cultivos permanentes (+6 %).
UNIÓN EUROPEA
EFSA: ACTUALIZACIONES SUSTANCIAS ACTIVAS
LMR
En el DOUE se han publicado dos nuevos reglamentos que modifican el Reglamento sobre los límites máximos de determinados residuos:
Publicación Reglamento UE 2020/856 – Enmiendas a los LMR
La CE ha publicado un nuevo Reglamento que modifica el (CE) Nº 396/2005 sobre los LMR para determinados residuos: ciantraniliprol, ciazofamida, ciprodinil, fenpiroximato, fludioxonil, fluxapyroxad e imazalil, isofetamida, cresoxim-metilo, lufenurón, mandipropamida, propamocarb, piraclostrobina, piriofenona, piriproxifeno y espinetoram en los alimentos.
Este reglamento es aplicable a partir del 09/07/2020.
DESARROLLO DEL REGLAMENTO 2019/6 SOBRE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
En desarrollo de la estrategia UE de reducción de antibióticos en la producción animal y más en concreto del Reglamento que establece el marco general de los medicamentos de uso veterinario, la Comisión Europea ha lanzado tres propuestas de próxima aprobación:
GESTIÓN DE ALÉRGENOS Y DESPERDICIO ALIMENTARIO
La UE tiene previsto antes de fin de año modificar el Reglamento 852/2004 sobre higiene de alimentos, para introducir nuevos requerimientos relacionados con la gestión de los alérgenos y el desperdicio alimentario, en línea con los nuevos estándares internacionales (Codex).
En cuanto al primer tema se trata de incluir buenas prácticas de higiene para prevenir o limitar la presencia de sustancias que causen alergias o intolerancias en equipos y contenedores para la recolección, transporte o almacenamiento de alimentos a nivel de la producción y siguientes.
En el segundo, se trata de reforzar las medias de higiene en la gestión de los alimentos destinados a la donación.
INTERNACIONAL
LMR: CANADÁ
Fenpropathrin:
Broflanilide:
Nuevos niveles máximos de arsénico inorgánico en arroz pulido (blanco) y arroz descascarillado (arroz cargo o arroz pardo):
El Ministerio de Salud del Canadá añadió dos nuevos niveles máximos para el arsénico en estos dos tipos de arroces:
Como es sabido, España quiere sumarte al sistema de etiquetado NutriScore. A tal efecto la AESAN ha solicitado un informe a su comité científico que curiosamente no se pronuncia sobre la bondad o no del modelo, y sólo ensalza la inclusión del aceite de oliva en sus conclusiones. Más infomación
Europol coordinó la quinta edición anual de la operación Silver Axe, que tuvo el doble de productos ilegales incautados en comparación con la operación del año pasado. La operación se enfoca en la falsificación y el comercio ilícito de plaguicidas, y la de este último año tuvo lugar entre el 13 de enero y el 25 de abril e involucró a 32 países. Las autoridades llevaron a cabo inspecciones en las fronteras terrestres y marítimas, en los mercados interiores y en el envío de paquetería, verificando más de 3.000 toneladas de plaguicidas. En total, se abrieron 260 investigaciones y se incautaron 1.346 toneladas de plaguicidas ilegales. Más información
El Reglamento UE 2020/749 fija nuevos límites máximos temporales de Clorato en determinados alimentos y:
La EFSA ha solicitado a la Asociación de Fabricantes y Formuladores de productos Enzimáticos (AMFEP) que proporcione información/especificaciones técnicas para el procesamiento de frutas y verduras para la producción de aceite comestible:
EFSA da de plazo a AMFEP hasta el 29 de octubre de 2020. Fuente: Anexo 1
Como parte del Programa de la Comisión de revisión de la legislación en vigor, se ha publicado el Informe sobre la comercialización de productos fitosanitarios (PP FF) y del Reglamento sobre LMR. Concluye que ambos Reglamentos prevén la protección de la salud humana y el medio ambiente y son eficaces en términos generales, si bien cabe mejorar su aplicación. Y dentro de la aplicación el ámbito crítico que más atención requiere es la eficacia (retrasos debido a la escasez de recursos y capacidad EM). El informe identifica las siguientes áreas en las que podría mejorarse la aplicación a corto y medio plazo:
La FDA ha presentado para revisión y autorización la Ley de reducción de trámites de 1995 con el objetivo de aumentar la prevención de prácticas engañosas y protección del consumidor, Protección de la salud y seguridad humana. La fecha límite para enviar comentarios y recomendaciones es el 19 de junio de 2020 a través del siguiente enlace.
Las autoridades competentes de: los Países Bajos, Alemania, Dinamarca, Suecia y Noruega están preparando un análisis de las posibles opciones de restricción para el grupo de sustancias PFAS para limitar los riesgos para el medio ambiente y la salud humana derivados de su fabricación y uso. Las cinco autoridades nacionales prepararán la propuesta de restricción en los próximos dos años. Una vez que se presente la propuesta, se trasladará a los comités científicos de la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA) para que emitan una opinión al respecto. Las decisiones sobre las restricciones del REACH son tomadas en la Comisión Europea por los EM de la UE y escrutadas por el Parlamento Europeo y el Consejo. Se espera que la posible fecha de entrada en vigor de esta restricción sea en 2025. Más información
Azoxistrobina LMR de 10 ppm para pasas, arándanos, moras, kunzea y moras de codorniz.
La EFSA ha confirmado que no existe evidencia de que los alimentos sean una fuente probable o vía de transmisión del virus COVID-19. El Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades (ECDC) ha declarado que si bien los animales en China fueron la fuente probable de la infección inicial, el virus se está propagando de persona a persona.
La Comisión Europea está modificando el reglamento 1925/2006 en relación con especies botánicas que contengan HAD (derivados de hidroxiantraceno). En concreto, se pretende prohibir el aloe-emodin y sus extractos, extractos de hoja de aloe-vera que contengan HAD y danthron y todos los extractos en los que esta sustancia esté presente. Por otro lado, se someterían a vigilancia las siguientes plantas y preparaciones: extracto de raíz, rizoma de Rheum Palma gum senna L., Rheum officinale Baillon y sus híbridos que contengan HAD; extracto de la hoja o fruta de Cassia que contengan HAD; y extracto de certeza de Rhamnus frangula L., y Rhamnus purshiana DC que contengan HAD. El texto se encuentra en debate interno y podría aprobarse en los próximos meses.
Con el objetivo de aumentar su transparencia en materia de seguridad alimentaria, la EFSA está valorando establecer el acceso público a toda la información sobre los estudios que realiza, crear un registro europeo común de estudios, etc. Todos estos datos estarían disponibles en la Knowledge Junction, la plataforma propuesta. En ella se podría acceder a estudios de hábitos de consumo alimentario, de residuos de los plaguicidas en los alimentos, evaluaciones de los contaminantes químicos y aditivos en los alimentos, la resistencia a los antibióticos en el marco alimentario, o los brotes de enfermedades transmitidas a través de la alimentación.
Se resume a continuación las principales incidencias graves registradas en el último mes en la RASFF de la UE:
La FDA ha reabierto el período de presentación de observaciones para la propuesta de "Normas alimentarias: Modernización de las normas alimentarias y sus principios generales" (20/05/2005), destinada a establecer un conjunto de principios generales en materia de legislación alimentaria. La FDA pretende examinar si debe establecerse, revisarse o eliminarse el actual modelo en vigor.
Clorato: Se aumenta el LMR de 0.06 mg/kg a 0.2 mg/kg.
Clorpirifos y Clorpirifos Metil: Se reducen los niveles máximos de residuos (LMR) para estas sustancias activas a 0,01 mg/kg. Los nuevos LMR reducidos serán aplicables alrededor de octubre de 2020 y se aplicarán tanto a los alimentos producidos en la UE como a las importaciones.
La EFSA ha publicado para comentarios el borrador de su Dictamen científico con las estimaciones para la exposición dietética humana a las sustancias perfluoroalquiladas (PFAS) y la evaluación de los riesgos inherentes para la salud humana relacionados con la exposición dietética a las mismas. El siguiente paso tras la evaluación de riesgo será el debate de posibles medidas legislativas de gestión del riesgo de forma armonizada en la UE, a propuesta de la Comisión Europea (CE). Información adicional y documentos.
La CE ha establecido niveles máximos de ésteres glicidílicos en el aceite de pescado y los aceites de otros organismos marinos y en los preparados para niños de corta edad (que se añaden a los niveles máximos de ésteres glicidílicos que ya existen para los aceites vegetales y los preparados para lactantes y preparados de continuación), así como niveles máximos de 3-MCPD y ésteres del 3-MCPD en los aceites vegetales, el aceite de pescado y los aceites de otros organismos marinos, los preparados para lactantes, los preparados de continuación y los preparados para niños de corta edad. Su entrada en vigor está prevista para después del verano.
ÁCIDO CÍTRICO (E 330)
Se autoriza el uso de ácido cítrico (E 330) en el chocolate con leche a 10 000 mg/kg.
ZINFOS-METILO, BENTAZONA, DIMETOMORFO, FLUDIOXONIL, FLUFENOXURÓN, OXADIAZON, FOSALONE, PYRACLOSTROBIN, REPELENTES: TALL OIL Y TEFLUBENZURON
NO RENOVACIÓN DE LA SUSTANCIA ACTIVE CHLOROTHALONIL
La CE pretende prohibir la aprobación oficial de la mencionada sustancia y concede a los EM un plazo de seis meses para hacerla efectiva.
PETOXAMIDA
LMR establecido en 0,01 ppm en los siguientes productos agrícolas sin elaborar y/o productos elaborados: Alubias (judías) secas; huevos; grasa, carne y subproductos cárnicos de bovino, caprino, porcino, equino, ovino y ave de corral; maíz común; leche; maíz reventón; maíz dulce en granos o en mazorca sin espata; semillas de algodón.
CYPRODINIL
0.6 ppm en Frijoles y guisantes secos sin cáscara (excepto soja) (subgrupo de cultivo 6C).
FLUDIOXONIL
0.5 ppm en frijoles y guisantes secos sin cáscara (excepto soja) (subgrupo de cultivo 6C).
PYROXASULFONE
0,2 ppm para flakes y gránulos de patata y 0,08 ppm en vegetales tuberosos y de cormo (subgrupo de cultivo 1C).
PESTICIDA 2,4-D
LMR de 0,01 ppm en semillas de alpiste.
AMETOCTRADIN
80 ppm en lechuga de hoja.
BENTAZON
PYRAFLUFEN-ETHYL
0.01 ppm en semillas de alpiste.
Por primera vez la AESAN ha planteado una estrategia nacional (ENSAN 2020-2030), cuyo borrador se centra en los siguientes objetivos:
Para facilitar directrices a los operadores de empresas alimentarias y las autoridades nacionales, la CE acaba de publicar una Comunicación sobre la aplicación de esta compleja normativa de declaración del ingrediente primario.
Se recuerda que el próximo 20/04/2020 entra en vigor el Reglamento 2018/775 sobre la indicación del ingrediente primario al que se refiere la mencionada Comunicación.
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=OJ:C:2020:032:TOC
Se ha publicado el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/24 ,que autoriza una ampliación del uso de las semillas de chía como nuevo alimento, y el cambio de sus condiciones de uso y de sus requisitos de etiquetado específicos.
Se ha publicado el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/16 por el que se autoriza la comercialización de cloruro de nicotinamida ribósido.
Durante un período de cinco años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento, solamente el solicitante inicial, ChromaDex Inc., estará autorizado a comercializarlo en la UE.
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32020R0016
Se ha publicado el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1979 por el que se autoriza la comercialización de la mezcla 2′-fucosil-lactosa/difucosil-lactosa como nuevo alimento.
Durante un período de cinco años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento, solamente el solicitante inicial, Glycom A/S, estará autorizado a comercializarlo en la UE.
La EFSA ha publicado unos Dictámenes sobre la seguridad de estas enzimas alimentarias modificadas genéticamente y ha declarado que las pruebas de genotoxicidad no plantearon un problema de seguridad para ninguna de las siguientes cepas:
https://www.efsa.europa.eu/en/efsajournal/pub/5972
https://efsa.onlinelibrary.wiley.com/doi/full/10.2903/j.efsa.2020.5978
https://efsa.onlinelibrary.wiley.com/doi/full/10.2903/j.efsa.2020.5976
https://efsa.onlinelibrary.wiley.com/doi/full/10.2903/j.efsa.2020.5971
El pasado 5/02/2020, el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre una propuesta de revisión de la Directiva sobre el agua potable. El punto de cumplimiento y lo referente al clorato ha sido lo más significativo de la revisión:
Punto de cumplimiento:
“1. Los valores paramétricos establecidos de conformidad con el artículo 5 para los parámetros enumerados en el anexo I, partes A y B, se cumplirán:
Se aplicará un valor paramétrico de 0,7 mg/l cuando se utilice un método de desinfección que genere clorato, en particular dióxido de cloro, para la desinfección del agua destinada al consumo humano. Siempre que sea posible, sin comprometer la desinfección, los EM se esforzarán por obtener un valor inferior. Este parámetro se medirá solo si se utilizan dichos métodos de desinfección. En breve se publicará oficialmente la nueva Directiva UE.
La Dirección de Pesca de la Comisión Europea llevó a cabo una investigación en Noruega en 25 ríos cercanos a piscifactorías, y encontraron peces de piscifactoría en 6 de los 25 ríos. En tres de ellos se detectaron peces de diferentes tamaños, lo que indica que había habido más de un incidente que provocó esos escapes.
Debido a que el salmón de piscifactoría en el hábitat natural supone una amenaza para el salmón salvaje, se propone implementar una regulación que controle y reduzca esos escapes y que asegure que todas las instalaciones cumplan ciertos estándares oficiales.
Un informe encargado por la Coalición Holandesa de Precios de Proteínas Animales “True Animal Protein Price” (TAPP) sugiere que el precio de la carne no refleja los costos ambientales reales asociados con su producción, y pide un "cargo de sostenibilidad" para reflejarlos en el punto de venta.
Según el informe, el precio de la carne debe aumentarse en 0,47 € por cada 100 gramos de carne de vacuno, 0,36 € por cada 100 gramos de carne de cerdo y 0,17 € por cada 100 gramos de pollo.
Recordamos que Alemania ha hecho una propuesta similar, y que el asunto está siendo debatido en el Parlamento Europeo.
https://www.tappcoalition.eu/reports
La Comisión Nacional de Salud de China ha publicado para consulta pública el borrador GB 7718, con las reglas generales para alimentos preenvasados y donde se establece que el etiquetado de alérgenos puede convertirse pronto en obligatorio (hasta ahora voluntario).
También propone mejorar la información de las etiquetas e incluir los ingredientes agregados y aquellos que puedan haber contaminado el producto durante el proceso de fabricación y el control de alegaciones como “sin colorantes artificiales” y otras de uso común.
Estas nuevas reglas afectarán tanto a productos locales como a importados.
CLORPIRIFÓS
Tras la no renovación de la aprobación de las sustancias activas clorpirifós y metil-clorpirifós la CE ha preparado una propuesta de Reglamento que reduce los niveles máximos de residuos para estas sustancias activas a 0,01 mg/kg.
La industria ha contestado a la propuesta de la Comisión y solicita:
En breve se espera la aprobación del nuevo Reglamento.
ALCALOIDES DE OPIO
La Comisión establece límites en las semillas de amapola comercializadas para el consumo directo (20 mg/kg) y límites en los bakery products (productos de panadería, bollería, pastelería, repostería y galletería, ya horneados) que contengan en su composición estas semillas de amapola (1.5 mg/kg).
Estos valores se han cuestionado por la industria, antes de su próxima aprobación:
https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2006/1881/oj
CICLESONIDA
Se establecen los siguientes LMR de ciclesonida y además se determina que no debe utilizarse en animales que producen leche para consumo humano.
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32020R0043&qid=1581616360230&from=ES
CLORHIDRATO DE ROBENIDINA (ROBENZ 66G)
Se autoriza su uso como aditivo en alimentación animal y piensos que hayan sido producidos y etiquetados antes del 25/08/2020; de conformidad con las normas aplicables antes del 25/02/2020, podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias.
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?qid=1581617215498&uri=CELEX:32020R0148
PROCLORAZ
El Reglamento UE 398/2005 establece los LMR de plaguicidas en alimentos y piensos de origen vegetal y animal; en su anexo II relaciona los LMR, y en el III los LMR provisionales. Considerando el criterio de la EFSA, se ha publicado un nuevo reglamento – 2020/192- que modifica los LMR relativos la procloraz del Anejo II y suprime la columna correspondiente al procloraz en la parte B del Anejo III - LMR temporales para productos no definidos-.
Reseñar que en lo que se refiere a la sustancia activa procloraz en todos los productos salvo cítricos, kiwis, plátanos, mangos, piñas, e hígado de bovino, los limites anteriores a la modificación siguen siendo aplicables a los productos producidas en la UE o importados hasta el 4 /9/2020.
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?qid=1581617215498&uri=CELEX:32020R0192
BAMBERMICINA
La Agencia Europea de Medicamentos ha considerado que dada la insuficiencia de datos, no se exige LMR a la bambermicina. También, sobre la base del dictamen del Comité de Medicamentos de Uso Veterinario, entiende que no es necesario establecer un LMR en los conejos para proteger la salud humana.
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?qid=1581938074538&uri=CELEX:32020R0042
Francia recomienda como objetivo prioritario de la PAC reducir los productos fitosanitarios
Francia propone integrar un sistema de bonificación / penalización en la PAC para alentar a los agricultores a reducir su uso de insumos químicos, en particular gravando el uso de fertilizantes, pesticidas y antibióticos.
Por el contrario, los agricultores serían remunerados por sus prácticas ambientalmente favorables, como los pastizales permanentes, la diversificación de cultivos y el establecimiento de áreas de interés ecológico.
Francia se avanza así a la nueva estrategia de modelos agroalimentarios sostenibles que en breve hará pública la Comisión Europea.
DELTAMETRINA (PMRL2020-03)
LMR de 0,07 ppm en guisantes y frijoles sin cáscara secos, excepto soja (subgrupo de cultivo 6C).
PYRIOFENONE (PMRL2020-02)
LMR de 0.3 ppm en vegetales fructíferos (grupo de cultivos 8-09).
Las nuevas normas pretenden garantizar la continuación de los requisitos anteriores, manteniendo el enfoque de los controles basados en el riesgo y aumentando el grado de protección a los consumidores. Son de aplicación desde el 14.12.2019. Los nuevos Reglamentos, que son de aplicación directa en todos los EM, amplían el ámbito de aplicación a aspectos fitosanitarios y a la producción ecológica, con un enfoque más armonizado y coherente de los controles oficiales y se aplican en toda la cadena agroalimentaria. El paquete de controles oficiales consta de las siguientes disposiciones:
El Reglamento (CE) nº 2017/625 tiene un Q&A en el que se profundizan algunas especificidades y al que puede acceder a través del siguiente enlace: http://www.aecosan.msssi.gob.es/AECOSAN/docs/documentos/noticias/2017/FAQ_registro_2017.pdf
En la pasada sesión plenaria de Estrasburgo los europarlamentarios votaron algunos puntos que afectarán a los aspectos agrícolas del Green Deal: Sobre los plaguicidas y sustancias tóxicas: El texto adoptado presenta una referencia sólida para abordar la “dependencia de los plaguicidas” y para “reducir significativamente el uso y el riesgo de los plaguicidas químicos”, aunque no se especificaron tales objetivos de reducción, dejando el tema abierto para una discusión adicional en los próximos meses. El Parlamento Europeo también solicitó a la Comisión que incluyera una ambiciosa propuesta legislativa para abordar los productos químicos disruptores endocrinos (EDC) en su estrategia anunciada de contaminación cero. Los eurodiputados esperan que esta iniciativa se proponga para junio de 2020, prestando especial atención a los cosméticos, los juguetes, pero también a los materiales en contacto con los alimentos, donde se encuentra comúnmente esta clase peligrosa de productos químicos.
La CE ha retirado la autorización de los insecticidas clorpirifos y clorpirifos-metil tras la confirmación de la EFSA de sus efectos nocivos para la salud humana. Estos insecticidas se utilizan en una gran variedad de cultivos y para tratar granos de cereales almacenados y depósitos vacíos. Los EM acordaron no renovar las aprobaciones de estos dos pesticidas por mayoría cualificada el pasado 6 de diciembre en la reunión del Comité PAFF (Comité Permanente de Plantas, Animales, Alimentos y Piensos), por lo que a partir del 10 de febrero, todos los EM deberán retirar todas las autorizaciones para productos fitosanitarios que contengan estas sustancias, aunque pueden conceder un breve periodo de gracia para el almacenamiento final, la eliminación y el uso de máximo tres meses. https://ec.europa.eu/food/plant/pesticides/approval_active_substances/chlorpyrifos_chlorpyrifos-methyl_en
La Comisión Europea decidió el lunes (13 de enero) no renovar la aprobación del plaguicida neonicotinoide tiacloprid, siguiendo el consejo científico de la EFSA. Este plaguicida, muy utilizado en cultivos tanto de alimentos como de piensos, no sólo impacta negativamente en la salud sino que también perjudica a las aguas subterráneas, a las abejas y a los polinizadores en general. Su licencia expirará el 30 de abril de 2020. https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/en/mex_20_38
El grupo de trabajo de "Contaminantes industriales y ambientales" de la Comisión y los EEMM, discutió la posible modificación de los límites máximos existentes (LM) de plomo y el posible establecimiento de nuevos LM para ciertos productos. En los debates de la Comisión Europea y los EEMM se ha considerado la posibilidad de establecer niveles regulatorios para el ácido cianhídrico (HCN) en semillas de lino y productos derivados y yuca y productos de yuca destinados al consumo humano.
Debido a que no hay suficientes datos disponibles sobre la presencia de acrilamida en ciertos alimentos que entran en el Reglamento (UE) 2158/2017, pero que pueden contener niveles significativos de acrilamida, la CE recomendó el pasado noviembre a las autoridades competentes y a los operadores de empresas alimentarias, que controlaran la presencia de acrilamida en dichos alimentos con vistas a la adopción de posibles medidas de gestión de riesgos. Actualmente se está considerando el establecimiento de niveles máximos para la acrilamida en ciertos alimentos complementarios a las medidas previstas por el Reglamento (UE) 2017/2158 como alimentos procesados a base de cereales para bebés y niños pequeños. Las guías son las siguientes:
https://ec.europa.eu/food/safety/chemical_safety/contaminants/catalogue/acrylamide_en
La definición de nanomaterial artificial establecida en el Reglamento (UE) 2015/2283, también es directa o indirectamente aplicable a otras leyes de la UE sobre productos alimenticios regulados (aromas, aditivos alimentarios, aditivos para piensos, vitaminas y minerales utilizados en alimentos y/o en complementos alimenticios así como vitaminas, minerales u otras sustancias utilizadas en alimentos para grupos específicos). Implica requisitos significativos en términos de la evaluación de seguridad previa a la comercialización y los requisitos de etiquetado posteriores a la comercialización para alimentos que contienen nanomateriales artificiales. Para aquellos materiales que se ha determinado que contienen una fracción de partículas pequeñas, incluidas las partículas a nanoescala, la CE solicita a EFSA que incluya en la Guía los requisitos de información que demuestran que la fracción de nanoescala del material se evaluó adecuadamente en los estudios de seguridad del material. La Guía debe abordar los siguientes parámetros:
También está prevista una revisión de la Guía de EFSA sobre evaluación de riesgos de la aplicación de la nanociencia y las nanotecnologías en los alimentos y la cadena de alimentación. https://efsa.onlinelibrary.wiley.com/doi/epdf/10.2903/j.efsa.2018.5327
Como continuación al brote de listeriosis producido el año pasado, la Consejería de Salud y Familias destaca que ha reforzado los controles oficiales sobre los alimentos que pueden ser vehículo de contagio de listeria a los consumidores. Para ello ya se puso en marcha en octubre de 2019, el Plan extraordinario de control de listeria en Andalucía. Este plan, con un horizonte de desarrollo progresivo de dos años, ha supuesto, entre otras acciones, la inspección de 930 empresas. Una vez culminado el plan de choque, la Consejería de Salud y Familias pondrá en marcha otra serie de actuaciones para la mejora del control de las empresas alimentarias, que se desarrollarán en los dos próximos años y elaborará guías de apoyo al sector cárnico andaluz en industrias y establecimientos minoristas, de forma que se incorporen los últimos avances sobre medidas preventivas contra la aparición de listeria en productos cárnicos listos para el consumo.
Se revisan las normas y especificaciones para alimentos y aditivos y se modifican los LMR para los siguientes productos químicos agrícolas:
La estrategia se centra en la lucha contra el cambio climático y otros objetivos medioambientales en áreas como el transporte, la energía, la contaminación, la agricultura, la economía circular, los impuestos y la biodiversidad, para los que se espera un amplio desarrollo legislativo, entre otras materias en:
La nueva presidenta de la CE ha anunciado varias iniciativas en su documento programático, y una de ellas es una nueva Estrategia del Campo a la Mesa. Entre las medidas propuestas y que serán objeto de legislación, destacan:
A principios de 2020 se esperan más detalles sobre esta iniciativa.
Debido a que se reconoce que no se dispone de datos suficientes sobre la presencia de acrilamida en determinados alimentos, y a pesar de las obligaciones establecidas en el Reglamento oficial, la CE ha establecido una lista no exhaustiva de categorías de alimentos y de alimentos para orientar a las autoridades competentes y los explotadores de empresas alimentarias sobre los alimentos que deben controlar la presencia de acrilamida:
Los Estados Miembros y los explotadores de empresas alimentarias deben transmitir a la EFSA, a más tardar el 1 de octubre de cada año, los datos recopilados durante el año anterior a través de sus actividades de control, con el fin de compilarlos en una única base de datos, en consonancia con los requisitos de la Directrices de la EFSA sobre la Descripción Normalizada de Muestras (SSD) para alimentos y piensos.
Se modifica el decreto 2002 – 1465 del 17 de diciembre de 2002 relativo al etiquetado de las carnes en los establecimientos de restauración con el objetivo de indicar la denominación de origen o la procedencia de ciertas categorías de carnes de bovino, porcino, ovino y de aves de corral en los establecimientos de restauración. Esta modificación entrará en vigor a primeros de abril de 2020 y se aplicará a todas las carnes tanto frescas, como refrigeradas y congeladas. También, para las carnes picadas, se deberá indicar el tipo de carne, es decir, ya no valdrá con poner “carne picada”, sino “carne bovina picada”, “carne porcina picada”… En cuanto al etiquetado referente al origen, en vez de poner “origen”, habrá que añadir “origen o procedencia”, y se deberá incluir el nombre del país donde se ha criado el animal y el nombre del país donde se ha sacrificado. Se da así un paso más en el etiquetado de origen extendiendo sus obligaciones al mundo de la hostelería.
La CE ha publicado los primeros resultados de dos indicadores de riesgo armonizados (HRI) sobre el uso sostenible de plaguicidas (productos fitosanitarios), y muestran que los riesgos asociados con éstos han disminuido desde la entrada en vigor de la Directiva en 2011. En particular, el indicador de riesgo armonizado I, que estima los riesgos asociados con los productos fitosanitarios vendidos y, por lo tanto, utilizados, en la UE, muestra una reducción del 20 % entre 2011 y 2017. Sin embargo, un segundo HRI, basado en el número de autorizaciones de emergencia otorgadas por los Estados Miembros, muestra un aumento del 50 % en el mismo periodo. Si bien la tendencia para el primer indicador es muy alentadora, los resultados del segundo indicador demuestran la necesidad de que los Estados Miembros amplíen la gama de pesticidas regularmente autorizados para los productores y amplíen también las técnicas para controlar las plagas.
En la revisión de los Principios Generales de Higiene de los Alimentos se afirmó que, una de las principales medidas para evitar la transferencia de un alérgeno de un alimento a otro que no lo contenga es necesario aumentar el etiquetado preventivo de alérgenos (PAL) y garantizar su identificación con precisión. En el análisis del Anteproyecto de Directrices para la gestión de brotes (micro)biológicos transmitidos por los alimentos, la evaluación de los riesgos microbianos estuvo marcada por tres temas: Vibrio parahaemolyticus y Vibrio vulnificus en mariscos, la calidad microbiológica del agua utilizada en la producción y el procesamiento de frutas y verduras frescas. También se trató el Anteproyecto de directrices para el control de la Escherichia coli, productora de toxina Shiga (ECTS) en la carne de bovino, la leche cruda y el queso a base de leche cruda, las hortalizas de hoja verde y las semillas germinadas, donde se afirmó que abordar la E. coli en ciertos alimentos, es un proyecto que podría llevar hasta cinco años, motivo por el cual es necesario tomar medidas cuanto antes. La próxima reunión se celebrará en julio del 2020 en Roma.
Los clorpirifos y clorpirifos-etilo y clorpirifos-metilo son insecticidas utilizados para controlar las plagas de insectos en una variedad de cultivos. El clorpirifos-metilo también se usa para tratar granos de cereales almacenados y depósitos vacíos. El 6 de diciembre de 2019, en la reunión del Comité PAFF, los Estados Miembros votaron sobre dos proyectos de Reglamento de Ejecución que proponen no renovar las aprobaciones de clorpirifos y clorpirifos-metilo. Para ambas sustancias, se alcanzó una mayoría calificada. Así, una vez que la CE haya adoptado formalmente el Reglamento (previsto para enero de 2020), los EM deben retirar todas las autorizaciones de productos fitosanitarios que contengan sustancias activas. Los países de la UE pueden otorgar un breve período de gracia para el almacenamiento final, eliminación y uso (máximo 3 meses). Después de eso, dichos productos fitosanitarios ya no pueden comercializarse ni utilizarse en la UE. Se espera que se vote sobre este proyecto de Reglamento en febrero de 2020.
Se modifican los niveles máximos de residuos de amitrol, fipronil, flupirosulfuron-metilo, imazosulfuron, isoproturon, ortosulfamuron y triasulfuron en determinados productos. La Comisión consultó con los laboratorios de referencia de la UE la necesidad de adaptar algunos de esos límites de determinación y estos laboratorios han concluido que, por lo que respecta a ciertos productos, el progreso técnico permite establecer límites de determinación inferiores. Afectará a: frutas frescas o congeladas y frutos de cáscara, hortalizas frescas o congeladas, leguminosas secas, semillas y frutos oleaginosos, cereales, té, café, infusiones cacao y algarrobas, lúpulo, especias, plantas azucareras, productos de origen animal, productos utilizados exclusivamente en la alimentación animal y en productos alimenticios transformados.
La UE ha aprobado el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1793 de la Comisión, de 22 de octubre de 2019, relativo al aumento temporal de los controles oficiales y a las medidas de emergencia que regulan la entrada en la Unión de determinadas mercancías procedentes de terceros países. Su objetivo es garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y normas sobre salud y bienestar animal, sanidad vegetal y productos fitosanitarios. Estos controles oficiales tendrán lugar en los puestos de control fronterizos a su entrada en la Unión y en los puntos de control, y serán aplicados a los alimentos especificados en el Anexo I en función de su origen. El Reglamento también establece que los alimentos de origen no animal enumerados en el anexo II que contengan aflatoxinas en una cantidad superior al 20%, también se someterán a unos mayores controles.
La EFSA ha vuelto a incidir en que el glifosato, que se prohibirá en cuatro Estados Miembros entre 2021 y 2023, es seguro. Tras un análisis actualizado de los residuos del glifosato en los cultivos, no se ha identificado ningún riesgo para los consumidores, y se concluyó que la ingesta de residuos a corto y largo plazo resultantes de los usos previstos en la soja, el maíz y las semillas de colza GAT (Glifosato N-acetiltransferasa, la proteína obtenida por la introducción de un gen de Bacillus licheniformis, que da lugar al N-acetil glifosato que denota actividad herbicida) es poco probable que presente un riesgo para la salud del consumidor. A pesar de la evidencia científica, los criterios políticos parecen imponerse al menos en algunos países de la UE.
La Comisión Europea ha adoptado las siguientes modificaciones en materia de LMR: Reglamento 2019/1791:
Reglamento 2019/1792: Los LMR para las siguientes sustancias activas se han establecido al nivel de la determinación del límite aplicable (LD) teniendo en cuenta:
Para ello es necesario que tanto el Parlamento Europeo como el Gobierno Británico validen la prórroga. En concreto, primero se requiere el visto bueno formal de Reino Unido y, una vez conseguido, el presidente del Consejo Europeo, Donald Tusk, lanzará un procedimiento escrito para su aprobación por los 27 miembros. La extensión puede terminar en tres fechas: el 30 de noviembre de 2019, en caso de que el Parlamento británico apruebe la legislación necesaria durante el mes de noviembre; el 31 de diciembre de 2019, en caso de que la norma pase todo el proceso parlamentario antes de las Navidades, o el 31 de enero de 2020. Es evidente que la incertidumbre afecta al negocio tanto en Reino Unido como en la UE y que difícilmente puede avanzarse una solución. El desenlace más plausible, aparte del Remain, será que Reino Unido confirme su preacuerdo con la UE, lo que al menos nos daría dos años para negociar una salida ordenada.
La Agencia Española Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), ha actualizado sus recomendaciones de consumo de pescado por la presencia de mercurio. Según sus nuevos estándares, piden limitar la ingesta de cualquier especie de pescado a 3 o 4 raciones por semana en la población general, procurando en todos los casos variar las especies entre pescados blancos y azules. En mujeres embarazadas o que estén planificando estarlo, así como aquellas en periodo de lactancia y los niños de hasta diez años, Sanidad recomienda no consumir los tipos de pescado con alto contenido en mercurio, como pez espada, emperador, atún rojo, tiburón y lucio. En niños de 10 a 14 años, apuestan por limitar a 120 gramos al mes la ingesta de estos peces.
La FDA (Food and Drug Administration) ha tomado esta decisión debido al creciente número de niños que muestran alergias al sésamo, y porque este producto es uno de los diez alimentos más alérgenos en ellos. Según un estudio publicado en Pediatric Allergy and Immunology, el 17 % de los niños que tienen alergias alimentarias, son alérgicos al sésamo.
Estados Unidos ha confirmado los productos afectados con respecto a la lista que se hizo pública a principios de octubre, por lo que los sectores que se verán afectados por el incremento arancelario (25%) en el sector agroalimentario español son:
La UE por su parte está estudiando la lista de productos estadounidenses a los que impondrá aranceles compensatorios por el Caso Boeing, y aunque aún se desconoce, se están acelerando los procedimientos para aplicarlos antes de fin de año.